19 de noviembre de 2009

20 años

Han pasado 20 años desde que, por primera vez en el mundo, se estableciera que los derechos de las niñas y los niños debían ser definidos con claridad y protegidos. Hace 20 años, en 1989, un 20 de noviembre, doce días después de la caída del muro de Berlín, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención de los Derechos del Niño (CDN), la primera norma internacional que establece cuáles son los derechos de la niñez y exige que todos los países que la ratifiquen (sólo EU no lo ha hecho) velen por el cumplimiento de esos derechos.

¿Cuáles son los derechos de los niños? La CDN establece que los niños tiene derecho a:

  • La vida.
  • Un nombre, una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y ser cuidado por ellos.
  • Preservar su identidad, incluidos su nacionalidad, nombre y relaciones familiares.
  • Mantener relaciones y contacto con sus padres de forma regular, salvo si dicho contacto es contrario al interés superior del niño.
  • Expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afecten.
  • La libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
  • La libertad de asociación y de celebrar reuniones pacíficas.
  • Ser protegido por la ley contra injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, domicilio o correspondencia, y contra ataques ilegales a su honra y reputación.
  • La protección contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.
  • La protección y asistencia especiales del Estado, cuando los niños estén privados de su medio familiar o que por su superior interés no deba permanecer en ese medio.
  • Recibir cuidados especiales cuando estén mental o físicamente impedidos.
  • El disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud.
  • Beneficiarse de la seguridad social.
  • Un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
  • La educación.
  • Tener una vida cultural propia.
  • El descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
  • Estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo peligroso, que obstaculice su educación, sea nocivo para su salud o para su desarrollo integral.
  • Recibir protección contra todas las formas de explotación y abuso sexual.
  • Ser tratado con dignidad y acorde a su edad, en caso de que haya infringido leyes penales o sea acusado de haberlo hecho.

¿Cuáles de estos derechos se ejercen en México? Un buen número de ellos, pero no por todos los niños ni en todos los lugares.

Para conmemorar el 20 aniversario de la CDN, Unicef convocó a niños y jóvenes de varios países del mundo a producir videos de 1 minuto en los que comparten su visión sobre sus derechos. Los videos ganadores los pueden ver aquí. Uno de esos videos es "The move", que trata de capturar el derecho de los niños a expresarse, decir lo que piensan y ser escuchados:

Roberto C.

4 comentarios:

Bárbara C. dijo...

Estimado Roberto C.: Además de los hábitos de la política exterior estadounidense, ¿hay alguna razón específica por la que Estados Unidos sea el único país que no ha ratificado la Convención de los Derechos del Niño?

Roberto C. dijo...

Querida Bárbara C.: EU no ha ratificado la Convención (aunque sí la firmo y participó activamente en su redacción) tienen que ver, en breve, con que la ratificación de la Convención se considera, según sus poderosos opositores, injerencista y una amenaza a la soberanía de los estados de la federación.

En EU, los asuntos de infancia son legislados por los estados y no por la federación. La ratificación de la Convención supondría que los estados tendrían que rendir cuentas en materia de infancia e instrumentar acciones en estos temas en línea con lo ratificado por el gobierno federal, según lo mandata la Convención.

También se le considera injerencista porque la ratificación obligaría que EU (y a cada estado de la Unión Americana) reportar, de forma periódica, avances a un Comité sobre los Derechos del Niño, como lo hacen todos los países que han ratificado la Convención.

Finalmente, los mismos opositores a la ratificación, argumentan que EU ya cumple con lo estipulado en la Convención, por lo que no es necesario ratificarla.

Bárbara C. dijo...

¡Injerencista! Gran argumento del Imperio, que utiliza también para otros casos. Muchas gracias, querido Roberto C., han sido muy ilustrativos su entrada y su comentario.

Unknown dijo...

Hubiera pensado que esta Convención tenía más tiempo. Apenas la libré, pude haber sido una niña sin derechos formales.